Envasadores

Tú lo haces posible

Desde hace más de 25 años trabajamos para garantizar que las compañías envasadoras cumplís con las obligaciones legales relativas a la gestión de sus envases puestos en el mercado, ahora actualizadas en la  Ley 7/2022 de residuos y en el Real Decreto 1055/2022 de residuos de envases. Lo hacemos con ilusión y bajo los criterios de eficacia, eficiencia y sostenibilidad.

 

Si comercializas, distribuyes o importas productos en envases de vidrio de un solo uso, y eres responsable de su primera puesta en el mercado, debes adherirte a un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) y en Ecovidrio podemos ayudarte. Somos especialistas en la gestión de envases de vidrio y garantizamos su recogida, reciclado y aprovechamiento como materia prima para la fabricación de nuevos envases. Además, te ofrecemos una ventanilla única, a través de acuerdos de colaboración con otros sistemas, para la gestión del resto de tus envases, incluidos los comerciales e industriales.

 

Más de 8.000 empresas financian el reciclaje de vidrio de sus envases a través del punto verde.

 

 

Principales sectores adheridos a Ecovidrio

Asociación Española de Sidras (AESI)
 
icono botellas de vidrio

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Para realizar los trámites relacionados con la Ficha de Declaración de Envases (FDE)

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914 118 344

o escríbenos al correo empresasadheridas@ecovidrio.es

Conoce las obligaciones de
las empresas adheridas
Con la nueva Ley 7/2022 de residuos y en el Real Decreto 1055/2022 de residuos de envases son muchas las obligaciones -algunas nuevas- que se establecen para las empresas envasadoras y no sólo en materia de gestión de envases. Algunas de estas obligaciones debéis cumplirlas a título individual (ejemplo, ecodiseño y reciclabilidad del envase o registro en el Registro de Productores de Producto del Ministerio) y otras podéis cumplirlas a través del SCRAP al que estéis adheridos, en este caso Ecovidrio. En esta guía os facilitamos un resumen de las principales obligaciones que tenéis que tener presente.
punto-verde
En lo que se refiere a tu aportación económica para cumplir con las obligaciones de reciclado y que será función de la puesta en el mercado, debes saber que, cada año, (antes del 28 de febrero), debes comunicarnos el número y peso de envases que pones en el mercado. La herramienta que se utiliza es la Ficha de Declaración de Envases (FDE). Toda la información aquí. Por otra parte, desde la aprobación del Real Decreto 1055/2022 el uso del logo de punto verde que venías usando hasta ahora en la etiqueta de tus envases será voluntario, pero debes saber que a partir de enero de 2025 se introduce una nueva obligación por la que debes indicar en la etiqueta a qué contenedor va dicho envase. 

A continuación, encontrarás información práctica y documentación de interés sobre la adhesión:

 

Prevención de residuos y
ecodiseño

El vidrio es 100% reciclable y se aprovecha para la fabricación de nuevos envases, pero el mejor residuo es el que no se genera. Por eso, en Ecovidrio ponemos en marcha Planes Empresariales de Prevención y Ecodiseño (PEPE), programas para que las compañías envasadoras defináis objetivos y actuaciones orientados a mejorar mejorar la sostenibilidad de vuestros envases y su reciclabilidad. ¡Y podemos ayudarte! En Ecovidrio tenemos un equipo dedicado a orientarte en las mejores prácticas, ponemos a tu disposición planes sectoriales y guías de ecodiseño que pueden ayudarte a tomar las decisiones de envasado más adecuadas y acordes a las exigencias de la nueva normativa. Estamos a tu disposición en ecodiseno@ecovidrio.es 

 

Animamos a todas las compañías a minimizar vuestro impacto ambiental derivado del envasado. Además, la realización de medidas de prevención es obligatorio para todas aquellas empresas que generéis más de las siguientes cantidades de residuos: 

250t
si se trata exclusivamente de
50t
si se trata exclusivamente de
30t
si se trata exclusivamente de
20t
si se trata exclusivamente de
20t
si se trata exclusivamente de
15t
si se trata exclusivamente de
300t
si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades
250t
si se trata exclusivamente de
50t
si se trata exclusivamente de
30t
si se trata exclusivamente de
20t
si se trata exclusivamente de
20t
si se trata exclusivamente de
15t
si se trata exclusivamente de
300t
si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades

Existen dos opciones para que las empresas cumplan con esta obligación legal, si bien la responsabilidad de cumplimiento es siempre del envasador.

1

Que desarrollen un PEP a nivel individual

Que participen en un PEP elaborado junto al SCRAP

2

Consulta aquí los últimos planes quinquenales de prevención que hemos elaborado en colaboración con las organizaciones sectoriales implicadas.

¿Quieres poner en marcha un Plan de Prevención?

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Escríbenos un correo ecodiseno@ecovidrio.es

Aquí te dejamos el acceso a los principales trámites del PEP

Cuenta con nuestro
asesoramiento técnico

Podemos enviar un experto en ecodiseño a tu planta de envasado para revisar el proceso y elaborar un informe con propuestas de mejora.

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